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15 oct 2008


Suprema Corte: El doble rasero

JOHN M. ACKERMAN

El pasado 29 de septiembre, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y un puñado de intelectuales lograron lo que un movimiento social de millones de mexicanos articulado alrededor de la causa indígena no pudo alcanzar en 2002. Hace seis años, con el afán de demostrar su "independencia" frente a las presiones políticas del momento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recurrió a argumentaciones exageradamente formalistas para rechazar las impugnaciones a las reformas constitucionales en materia indígena. Hoy, al tratarse del CCE, la Corte ha transformado radicalmente sus criterios de interpretación para dar entrada (parcialmente) a los amparos de los empresarios en contra de la reforma electoral. La justicia de nuevo se quita la venda y demuestra que no es tan ciega como creíamos.

En los dos casos, la materia en disputa fue si la Corte tenía facultades para revisar el proceso seguido para reformar la Constitución. En 2002, un control de este tipo hubiera sido particularmente importante dadas las irregularidades cometidas por los congresos estatales y el enérgico rechazo de los pueblos indígenas a las reformas.

Las modificaciones constitucionales implicaban una abierta traición a los Acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena. Específicamente, la organización civil Servicio Internacional para la Paz (Sipaz) dijo entonces: "La reforma aprobada no reconoce a las comunidades y pueblos indígenas como sujetos de derecho público, limita el alcance de su autonomía al ámbito municipal, reduce el derecho a la participación y representación política de los pueblos indígenas, y tampoco reconoce el derecho de éstos a sus territorios y a los recursos naturales existentes en ellos. Por estas razones, tampoco es congruente con el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado por México".

Pero en lugar de tomar esa oportunidad para ampliar sus criterios de interpretación, la Suprema Corte, apabullada por la creciente movilización social, decidió atrincherarse y abdicó de su responsabilidad de ejercer control constitucional. El resultado fue un sensible agravamiento de la conflictividad y división sociales imperantes. El obispo Arturo Lona incluso llegó a declarar después del fallo que "ahora lo que se espera es violencia, porque a eso están incitando".

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) seguiría una estrategia similar para la calificación de la elección presidencial de 2006, y con las mismas nefastas consecuencias. Afortunadamente, tanto los dirigentes indígenas como López Obrador supieron canalizar por vías pacíficas el repudio social a las instituciones realmente existentes. Pero en ambos casos los órganos jurisdiccionales atizaron el conflicto social con su actuación sesgada encubierta en una careta de "formalismo" constitucional.

Al exponer sus razonamientos en el caso indígena, la ministra ponente Olga Sánchez Cordero sostuvo que "se ha hecho un pronunciamiento estrictamente jurídico y constitucional de este asunto". Posteriormente, en un artículo publicado en El Universal, la ministra se declaró ofendida por las críticas hacia la Suprema Corte a raíz de aquella decisión histórica. "¿Qué se esperaba de la Suprema Corte de Justicia? ¿Que apartándose del camino de la Constitución diera una respuesta inocua, pero sensible?". Según la ministra, simplemente no existía otra opción, ya que "nuestra Constitución carece de mecanismos constitucionales para controlar jurídicamente el procedimiento de reformas a la Constitución."

Hoy, en cambio, en la resolución de los amparos del poderoso CCE, todos pudimos ver la actuación de una Olga Sánchez Cordero totalmente diferente: "Me pronuncio por que sí puede ser controlada (el proceso de reforma constitucional) y (por) que debe ser observado el debido proceso". En un desesperado intento por conciliar su posición actual con la que adoptó en el caso de 2002, la ministra argumentó que el caso indígena no tenía que ver con el poder de la Corte de revisar el proceso de reforma constitucional, sino únicamente con la cuestión de si los municipios podrían presentar controversias constitucionales. Sin embargo, tanto sus propias declaraciones como el contenido de la tesis de jurisprudencia aprobada en aquella sesión histórica de 2002 ("Procedimiento de reformas y adiciones a la Constitución. No es susceptible de control jurisdiccional") desmienten su dicho y revelan el trasfondo político de su cambio de criterio.

Es de celebrarse la decisión de la Suprema Corte de por fin asumir la responsabilidad de ejercer un control de calidad sobre los procedimientos de reforma constitucional. Es deplorable, sin embargo, que la palabra indígena no fue escuchada y que tuvimos que esperar seis años hasta que la voz del dinero tuviera eco en la Corte. Nuestros jueces deberían ya darse cuenta de que hacen un flaco favor al país y a la justicia cuando se enfrentan tercamente a movimientos sociales genuinos y democráticos. l






12 jul 2008

DEBEMOS ENCONTRAR ALGUNA FORMA DE APOYAR A TODAS LAS PERSONAS QUE ESTAN TRATANDO DE CONTRARRESTAR EL PODER DE TELEVISA Y TV AZTECA , ESTAS DOS EMPRESAS TELEVISIVAS MANTIENEN UNA PRESIÒN INCESANTE CONTRA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÒN , PARA QUE NO CALIFIQUE DE CONSTITUCIONAL LA REFORMA ELECTORAL QUE PROHIBE A TERCEROS CONTRATAR PUBLICIDAD POLÌTICA EN LOS MEDIOS , SI LA SCJN SE FAJA Y LE DA LUZ VERDE A LA REFORMA , A ESTAS DOS EMPRESAS SE LES VAN AIR MILLONADAS DE DINERO EN VENTA DE PUBLICIDAD , ADEMÀS DEL PODER POLITICO QUE PERDERÌAN , DE AHI SU INCESANTE CAMPAÑA CONTRA LA REFORMA . ( "NOS QUIEREN ROBAR NUESTRA LIBERTAD DE EXPRESIÒN) .

EN DIAS PASADOS , DE ALGUN MODO TELEVISA Y TV AZTECA LOGRARON QUE LOS DIPUTADOS NO REGLAMENTARAN LA RECIENTE REFORMA CONSTITUCIONAL . DE HECHO LOS CAMBIOS CONSTITUCIONALES NO SIRVEN DE NADA SI NO ESTAN REGLAMENTADOS , EL DUOPOLIO YA LOGRÒ FRENAR ESTO UNA VES , ESTAN JUGANDO CON LOS TIEMPOS PARA QUE PROCEDAN LOS AMPAROS AL NO EXISTIR LA REGLAMENTACION CORRESPONDIENTE , GANANDO ASI EL PRIMER ROUND .

■ En una carta a ministros de la Corte respaldó la reforma al artículo 41 constitucional

Prohibir a particulares contratar espots, saludable para la democracia: Amedi

Gustavo Castillo García

La reforma al artículo 41 constitucional, que impide a particulares y empresas contratar espacios en radio y televisión para difundir propaganda, es positiva, toda vez que evita “que quieran influir en la decisión de los ciudadanos”, ya que “ello ha sido un factor que altera la equidad de oportunidades que, de acuerdo con su presencia electoral, deben tener los partidos y candidatos”, consideró la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), luego de que algunos de sus integrantes se reunieron con ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Encabezados por el ex senador Javier Corral, políticos, juristas, académicos, periodistas, escritores, artistas, actores y productores entregaron una carta al presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, y otros cuatro ministros, en la que exponen su respaldo a la reforma constitucional que en materia electoral prohíbe la contratación de propaganda en radio y televisión a particulares.

Durante la reunión, en la que estuvieron presentes Carmen Aristegui, Luis Javier Solana y Jaime Cárdenas Gracia, entre otros, expusieron su interés en debatir públicamente el tema de las adiciones al artículo 41 constitucional con los integrantes del llamado “grupo de los 15” intelectuales, que se ha manifestado en favor de que particulares puedan pagar espots electorales en radio y televisión, y que han promovido amparos en contra de esa reforma.

Dicho debate se realizaría en torno al contenido del artículo 41 constitucional, que refiere que “ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión, dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni en favor ni en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero”.

En el documento entregado a los ministros Ortiz Mayagoitia, Genaro Góngora Pimentel, Fernando Franco, José Ramón Co-ssío y Juan Silva Meza se menciona que la prohibición de contratar tiempos para difundir propaganda electoral “es saludable para la democracia”, y que de ninguna manera “se trata de un atentado a la deliberación democrática y a la libertad de expresión”. En ese sentido, Javier Corral puntualizó: “a nosotros nos parece que la mencionada adición constitucional contribuye a la equidad en la competencia electoral”.

Para la Amedi esta decisión legislativa “impide que aquellos que tengan dinero para contratar espots puedan hacer política electoral en detrimento de quienes no cuentan con recursos para realizar ese gasto”.

De la misma manera, se “limita la capacidad de las empresas de radio y televisión para influir en los procesos electorales y en la vida pública nacional, y propicia que el debate público acerca de los temas que interesan a los ciudadanos sea a partir de propuestas, posiciones políticas e ideas, no solamente en función de consignas propagandísticas y escuetas, como las que hay en los espots”.

En una breve conferencia de prensa, Javier Corral, Jaime Cárdenas Gracia, Francisco José Paoli Bolio, Alberto Aziz Nassif y Raúl Trejo Delarbre se manifestaron en contra de la “campaña de denostación del duopolio televisivo”, ya que a su entender las presiones de algunos medios de comunicación inconformes con la reforma constitucional “son absolutamente inaceptables.

“La autonomía y soberanía de la Corte no deben ser vulneradas por poder alguno. También nos parece que los plazos legales y los ritmos de trabajo de la Corte y sus ministros deben ser respetados en este, como en cualquier otro tema que sea puesto a su consideración”, reiteró Javier Corral.

24 mar 2008

John M. Ackerman
La Jornada


¿IFE juarista?


Los principales medios electrónicos no han cesado ni un minuto en su cínico desafío a la reforma electoral. Primero tomaron el Senado de la República durante la discusión de la reforma constitucional, luego buscaron echar abajo los cambios a la Carta Magna con un simulado “referendo por la libertad”, después quisieron desacreditar las reformas al hacer sándwich los anuncios del Senado que difundían su contenido, y posteriormente presentaron amparos para evitar que las nuevas disposiciones entraran en vigor. Ahora las grandes televisoras una vez más demuestran su falta de respeto por el estado de derecho al negarse a cumplir con el mandato constitucional de transmitir los mensajes del IFE y los partidos políticos durante los tiempos oficiales.

Hoy, lunes 24 de marzo, el “nuevo” Instituto Federal Electoral (IFE) enfrenta una prueba de fuego que definirá su futuro. A las seis de la tarde los consejeros se reunirán con representantes de la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) y la Secretaría de Gobernación con objeto de llegar a un acuerdo respecto a los anuncios de los partidos políticos. La CIRT busca renegociar los horarios para las transmisiones de los espots. Los concesionarios argumentan que el IFE no cuenta con la facultad de obligarlos a difundir los mensajes durante los tiempos de mayor audiencia. Los empresarios creen que tienen la libertad para transmitir los anuncios en los horarios menos atendidos.

En la reunión de hoy, Leonardo Valdés y los consejeros electorales tendrán que decidir entre ceder a los chantajes de las televisoras o defender la institucionalidad del país. La norma es de claridad indiscutible.

El artículo 41, base III, apartado A, inciso g) de la Constitución anuncia que las transmisiones de los mensajes en tiempos oficiales durante periodos no electorales “se harán en el horario que determine el Instituto”. El artículo 74 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) remata que el IFE fijará “para cada mensaje la estación o canal, así como el día y hora en que deban transmitirse” y que “los concesionarios y permisionarios de radio y televisión no podrán alterar las pautas ni exigir requisitos técnicos adicionales”.

Las televisoras están obligadas por ley a acatar la decisión de la autoridad electoral. Si el IFE cede a la presión de Televisa, Tv Azteca y Grupo Imagen dará un preocupante mensaje de debilidad ante los poderes fácticos. Así, se consumaría el tercer gran fracaso del “nuevo” Consejo General. Primero dio una clara señal de impunidad para los partidos políticos con el carpetazo a la fiscalización de los espots de las elecciones de 2006. Segundo, cedió al chantaje de los gobernantes al diluir el acuerdo con respecto a la propaganda institucional de las autoridades públicas del país. Finalmente, dejaría la cancha abierta a los principales medios de comunicación electrónica para mangonear y enmendarle la plana al IFE a su antojo.

“Quien ignora la ley y las instituciones de la República ofende la memoria de Benito Juárez,” sentenció Felipe Calderón el pasado 21 de marzo. “Siendo gobernador de Oaxaca, Benito Juárez se opuso al caudillismo de Santa Anna, argumentando que un sistema democrático y eminentemente liberal –como el que nos rige– tiene por base esencial la observancia estricta de la ley; ni el capricho de un hombre solo ni el interés de ciertos grupos de la sociedad forman su esencia.”

Con este discurso Calderón evidentemente buscó hacer referencia a Andrés Manuel López Obrador y su molesta tendencia a señalar la disfuncionalidad de las instituciones y las autoridades realmente existentes del país. Pero no son las críticas de López Obrador, sino las actitudes francamente golpistas de los medios de comunicación las que amenazan la vigencia del estado de derecho.

Leonardo Valdés ha justificado el inmerecido aumento de 20 por ciento a los salarios de los consejeros electorales con base en la necesidad de acatar la disposición constitucional de que sus salarios sean “iguales” a los de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Como bien ha señalado Eduardo Huchim (Reforma, 21/3/08), ojalá que en este otro caso el consejero presidente también se acuerde de su compromiso con el cumplimiento estricto de la Carta Magna.

Ésta es apenas la primera de innumerables batallas que el IFE tendrá que librar con los medios de comunicación para hacer valer la reforma electoral. Televisa y Tv Azteca han demostrado que no se detendrán ante nada en la defensa de sus intereses y privilegios.

¿El “nuevo” IFE tendrá la madera para defender el legado de Juárez e imponer el estado de derecho, cueste lo que cueste?

26 nov 2007

RECONOCIMIENTO TÀCITO DE TODOS LOS PARTIDOS A LAS PORQUERIAS DE CALDERÒN EN LAS ELECCIONES DEL 2006 :

El nuevo Cofipe lo faculta para impedir que radio, tv o el Ejecutivo escojan triunfadores

Tendrá el IFE armas para evitar que se repitan los abusos de 2006

La sanción que más molesta a concesionarios de medios electrónicos es la suspensión de la señal

Con dedicatoria a Gordillo, el artículo 352 prohíbe participación de gremios en registro de partidos

Andrea Becerril



Andrés Albo y Luis Carlos Ugalde, dirigente de la Comisión de Fiscalización y presidente consejero del IFE, respectivamente, en sesión extraordinaria del órgano electoral, el pasado 31 de octubre Foto: Cristina Rodríguez Las nuevas facultades otorgadas al Instituto Federal Electoral (IFE) le permitirán evitar un escenario similar al que se dio en la contienda presidencial de julio de 2006.

Ahora sí podrá ordenar sanciones fuertes y enérgicas para impedir campañas sucias en radio y televisión contra algún candidato, la intervención del Ejecutivo federal y otros funcionarios, de organizaciones laborales, patronales y ministros de culto religioso, de observadores y hasta notarios que vulneren los principios de imparcialidad y equidad en los comicios.

El proyecto de reforma del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que este lunes se hará público en el contexto de la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos (CENCA), posibilita que el IFE administre toda la propaganda comicial y ordene la salida del aire de alguna estación de radio o televisión; para los partidos políticos las penalidades también son fuertes.

El IFE puede sancionarlos con la disminución de 50 por ciento de sus prerrogativas, la suspensión de la publicidad que les corresponde en tiempos oficiales durante las campañas y hasta con la cancelación de su registro, en caso de violar la normatividad.

Cuando aún no se olvida la guerra de espots que se dio en la pasada contienda presidencial, el proyecto de nuevo Cofipe establece que habrá sanciones para las estaciones de radio y televisión que difundan propaganda electoral –pagada o gratuita– que no haya sido ordenada por el IFE, y para las que se nieguen a transmitir en tiempos oficiales los mensajes y programas de los partidos.

Infracción por denigrar a algún candidato

Se considera también una infracción –artículo 350, inciso g– la manipulación o superposición de la propaganda comicial o los programas de los partidos, que altere o distorsione su sentido original o denigre a las instituciones, los propios partidos o calumnie a los candidatos.

Incurrir en esas irregularidades motivará sanciones que van desde la amonestación pública, la multa de entre 5 y 10 millones de pesos hasta la suspensión de transmisiones, a partir de una hora y hasta por 10 días, de la televisora o estación de radio en cuestión.

Este es el punto que más molesta a los concesionarios de medios electrónicos, pero no son los únicos que se sienten afectados. La dirigencia de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) protestó ya públicamente por la reforma.

Y es que además de que el IFE puede ordenar la salida inmediata de propaganda contratada por alguna persona física o moral en medios electrónicos, hay una multa por el doble del precio comercial del anuncio en cuestión.

El artículo 352 del proyecto de nuevo Cofipe parece tener dedicatoria al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), dirigido por Elba Esther Gordillo, al prohibir expresamente que organizaciones gremiales intervengan en la creación y el registro de algún instituto político. Así, para evitar casos como el del Partido Nueva Alianza, la ley da al IFE facultades para certificar que ello se cumpla, ya que ordena que un representante del instituto esté presente en la asamblea constitutiva de todo organismo político.

Asimismo, las agrupaciones políticas nacionales (APN) pueden perder el registro si algún sindicato interviene en su constitución o las financia.

Igualmente, con miras a impedir que se repitan actuaciones como la que tuvo el ex presidente Fox en los comicios de 2006, en el artículo 347 se deja muy claro que ningún funcionario de los tres niveles de gobierno y de los órganos autónomos podrá difundir “propaganda gubernamental”, desde el inicio de las campañas y hasta el día de la elección, a excepción de información sobre servicios educativos, de salud y de protección civil en casos de emergencia.

Se prohíbe el uso de programas sociales para inducir o coaccionar el voto y actitudes que incumplan el principio de imparcialidad en las campañas. Si el presidente de la República, los gobernadores, alcaldes y otros funcionarios incumplen dicha disposición, serán sancionados. El IFE integrará un expediente que habrá de turnarse al superior jerárquico de la autoridad infractora, que en el caso del Ejecutivo es la Auditoría Superior de la Federación.

En el caso de sacerdotes y otros ministros de culto religioso que llamen a votar por cierto candidato o, en caso contrario, pidan a sus fieles no sufragar por alguno y realicen aportaciones económicas a partidos, se integrará también un expediente que se remitirá a la Secretaría de Gobernación para que aplique el castigo respectivo.

A los observadores electorales que hagan proselitismo o interfieran en el proceso se les retirará la acreditación, y a los notarios públicos que no mantengan abiertas sus oficinas el día de la elección –para atender solicitudes de funcionarios de casilla y representantes de partidos de dar fe de hechos o certificar documentos– se les integrará un expediente que será remitido a las autoridades competentes.

Hasta el momento, sólo los concesionarios de radio y televisión han protestado por las sanciones, en especial por la posibilidad de que los saquen del aire por lapsos que van de una hora a 10 días. Aunque los senadores del PRI y del Partido Verde Ecologista de México, Jorge Mendoza y Javier Orozco, ex ejecutivos de Tv Azteca y de Televisa, respectivamente, consideran excesivas esas penalidades, el perredista Carlos Navarrete advirtió que en otros países, como Brasil, son aun mayores.

Cotidiano, lo que aquí parece escandaloso

“Lo que aquí parece escandaloso, en otras naciones es cotidiano”, dijo. También destacó que el grupo plural que elabora el proyecto de nuevo Cofipe contó con especialistas internacionales y pudo hacer un comparativo de las facultades de los órganos rectores de las elecciones en países de América y Europa.

En Brasil, por ejemplo –insistió–, hay sanciones enormes; no sólo se interrumpen transmisiones, sino que “en la pantalla en negro aparece un cintillo con el mensaje: ‘esta televisora ha salido del aire por violar la ley’”.

El hecho de que el castigo sea enérgico ha llevado a que la legislación brasileña no se haya aplicado ni una sola vez, ya que los dueños de televisoras y radiodifusoras se cuidan de no violarla, agregó Navarrete. La intención de la nueva ley comicial es dar al IFE los mecanismos para hacer que se cumpla.

Cuestionado sobre las críticas que han comenzado a surgir, en el sentido de que las reformas al Cofipe tienen un ánimo revanchista, sobre todo de los partidos del Frente Amplio Progresista (integrado por PRD, PT y Convergencia), por el fraude que presuntamente quitó la Presidencia a Andrés Manuel López Obrador, Navarrete aclaró que se trata de una visión errónea.

Lo que se pretende en el Congreso es “normar los poderes fácticos mediáticos”, para que ya no decidan quién puede ser presidente de la República”, dijo.