21 mar 2009




Lo exhibe la Auditoría


BEATRIZ PEREYRA

Sin respeto por la ley, el dirigente de la Conade, Carlos Hermosillo, pactó la entrega de recursos millonarios al COM, pese a que su titular, Felipe Muñoz, está inhabilitado por 10 años, precisamente por hacer mal uso de dinero público. Tal irregularidad, denunciada desde el momento mismo de la operación, es exhibida ahora por la Auditoría Superior de la Federación en su revisión de la cuenta pública de 2007. Y el exfutbolista, de acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, podría recibir una sanción similar a la de El Tibio, o incluso, ser destituido.

La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), que preside Carlos Hermosillo, “incurrió en responsabilidades administrativas sancionatorias” por haber transferido recursos públicos al Comité Olímpico Mexicano (COM), en virtud de que su presidente, Felipe Muñoz, se encuentra inhabilitado por 10 años.
Lo anterior fue determinado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en su Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007, y solicita al Órgano Interno de Control (OIC) de la Conade que investigue y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente.
De acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, “Hermosillo corre el riesgo de recibir una inhabilitación no menor de 10 años y mayor de 20, e incluso podría enfrentar una eventual destitución” (Proceso 1635).
En 2007, el titular de la Conade decidió entregar al COM 31 millones 700 mil pesos. La ASF considera que “dichos apoyos fueron improcedentes” porque desde el 6 de enero de 2005, El Tibio está inhabilitado para desempeñar cargos públicos.
La entrega de recursos de la Conade al COM “contraviene el numeral 4.3.3.5.2 de las Reglas de Operación e Indicadores de Gestión y Evaluación referente a los programas en materia de cultura física y deporte a cargo de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2007, el cual establece que la asociación deportiva nacional y el COM no podrán recibir apoyos y estímulos cuando se encuentre inhabilitado o sancionado el titular de la asociación que le impida recibir recursos económicos por algún tipo de responsabilidad o infracción”.
Así lo indica el informe de la ASF en el rubro destinado a informar sobre los recursos ejercidos por la dependencia responsable del deporte nacional.
Desde que Hermosillo asumió la dirección general de la Conade, en diciembre de 2006, anunció que analizaría la mejor manera de entregarle recursos económicos al COM. Entre 2002 y 2006, el organismo no recibió dinero del erario.
El director general de la Conade durante ese período, Nelson Vargas –quien sostuvo una pública confrontación con Felipe Muñoz–, se rehusó a canalizar fondos públicos al COM, con el argumento de que su presidente estaba inhabilitado para ejercer cargos públicos.
La Conade presentó en su defensa cuatro comentarios en los que argumenta que la observación es improcedente, aun cuando el presidente del COM se encontrara inhabilitado por 10 años.
El primero de ellos refiere que el OIC, dependiente de la Secretaría de la Función Pública (SFP), inició los procedimientos administrativos disciplinarios respectivos “resolviendo la imposición de dos inhabilitaciones para desempeñar cargo público en la APF (administración pública federal): La primera por un año, que ya se cumplió, y en el caso de la segunda, por 10 años, el C. Felipe Muñoz apeló la resolución ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la que actualmente se encuentra sub judice; es decir, aún no ha causado estado.
“El convenio (Conade-COM) lo suscribió el director administrativo del COM, quien tiene facultades de representación, y no el C. Felipe Muñoz, por lo que jurídicamente aun en el caso de que el tribunal confirmara la resolución de inhabilitación, ésta no tendría efectos retroactivos por lo que respecta al ejercicio 2007, único período en el que las reglas de operación establecieron tal impedimento”, se lee en el texto del informe.
Otro de los argumentos presentados por la Conade es que la asociación civil como persona moral no es sujeta de sanción, como sí podrían serlo las personas físicas o representantes que la integran, por lo que “en el presente caso la inhabilitación impuesta al C. Muñoz sólo trasciende a su esfera jurídica particular, más no así al COM. Resulta importante referir que la sanción fue notificada al C. Muñoz el 6 de enero de 2005, por lo que al emitirse las Reglas de Operación 2007 se tiene conocimiento pleno de dicha situación, por lo que el efecto debe aplicarse a partir de la entrada en vigor de dicho impedimento, ya que de otra forma se entendería que van encaminadas a afectar al COM en la consecución de sus metas y objetivos”.
Tras haber revisado tales alegatos, la ASF emitió la promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.
Plazo fatal
Además de los 31 millones de pesos provenientes del erario que durante 2007 ejerció el COM, el titular de la Conade autorizó para 2008 la entrega de otros 45 millones de pesos a dicha asociación civil. Para 2009 se prevé proporcionarle una cantidad similar.
En total, la ASF emitió ocho observaciones a la Conade, las que a su vez generaron 12 acciones de las cuales siete son recomendaciones y cinco promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria. La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 398 millones 503 mil pesos.
“Este importe representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen en los plazos establecidos para tal fin”, indica el informe en su página 400.
De acuerdo con lo que marca la ley, las observaciones deberán ser subsanadas en un período de 45 días hábiles; es decir, a más tardar el próximo 15 de junio. De lo contrario, el titular de la ASF, Arturo González de Aragón, presentaría denuncias penales si determina que hubo quebranto a la hacienda pública.
A pesar de que Felipe Muñoz sostiene que no está inhabilitado por 10 años y que tampoco debe pagar una multa de casi 5 millones de pesos, porque asegura que después de seis años de litigio la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo a su favor, lo cierto es que hasta la fecha su nombre aparece entre la lista de los funcionarios sancionados que la SFP pone a disposición del público en su portal de internet.
Esta situación contradice las declaraciones del Tibio Muñoz, quien el pasado 16 de enero aseguró que había sido exonerado de ese castigo: “No fue ninguna inhabilitación, ni siquiera una multa por parte de la Función Pública”, sostuvo el titular del COM ante la prensa, el mismo día en que fue electo para cubrir un tercer período al frente de ese organismo. (Proceso 1684).
En esa ocasión, el medallista olímpico se comprometió a que presentaría ante los medios las pruebas que acreditan su inocencia; sin embargo, hasta ahora no ha cumplido su promesa.
“(La inhabilitación) ha quedado resuelta. Fue improcedente y el 12 de noviembre (de 2008) se declaró nulo todo el procedimiento que existía en mi contra. Estuve presente en la sesión plenaria abierta al público donde se llevó al cabo mi juicio. Y afortunadamente salí ya completamente con todo a mi favor. (Todavía) no se ha publicado, quería entregar hoy el documento, pero me dicen que será la próxima semana. Tan pronto lo tenga les haré llegar una copia (a los medios de comunicación).
“Sabía que esto iba a pasar, sabía que las acusaciones que tenía en mi contra, en primera no eran verdad y, en segunda, no habían surtido efecto porque el juicio todavía continuaba. Yo estaba en proceso. Por eso siempre lo dije: no estoy inhabilitado, estoy todavía en juicio”, aseguró el Tibio (Proceso 1681).
La inhabilitación a Muñoz se dio a partir de los resultados de una auditoría que la ASF realizó a su gestión al frente de la Confederación Deportiva Mexicana (Codeme) durante el período 1994-2000.
El 6 de enero de 2005, el Órgano Interno de Control de la Conade, dependiente de la SFP, determinó que Muñoz dispuso “indebidamente de 4 millones 583 mil pesos, que entregó como bonos de productividad a sus empleados de la Confederación Deportiva Mexicana” (Proceso 1473).
Más observaciones
De acuerdo con el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007 que el auditor superior entregó el jueves 12 a la Cámara de Diputados, el monto de la cuantificación monetaria de las observaciones hechas a la Conade por un monto de 398 millones 503 mil pesos se integra de la siguiente manera:
“6,092.9 miles de pesos por el sobreejercicio en el Capítulo 1000 ‘Servicios Personales’, financiado con recursos que la entidad fiscalizada traspasó de los capítulos 2000 ‘Materiales y Suministros’, 3000 ‘Servicios Generales’ y 7000 ‘Inversión Financiera, Provisiones Económicas, Ayudas, Otras Erogaciones, y Pensiones, Jubilaciones y Otras’, sin la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y sin haberlo informado en la Cuenta Pública de dicho ejercicio; 710.3 miles de pesos, que se refieren a la adjudicación directa del contrato para el servicio de abanderamiento de la delegación mexicana a los Juegos Panamericanos de Río de Janeiro, sin la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, ni del titular de la entidad; 360,000.0 miles de pesos, de recursos que se transfirieron para la creación del Fideicomiso núm. F/2001436, sin la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 31,700.0 miles de pesos, que corresponden a los apoyos económicos otorgados al Comité Olímpico Mexicano (COM), aun cuando su titular se encuentra inhabilitado por 10 años”.
En lo que se refiere a la adjudicación directa, la ASF explica que, debido al monto del gasto del abanderamiento (710 millones de pesos), debió aplicarse el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas; ello sin que la Conade presentara evidencia de la autorización por parte del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, razón por la cual solicitó que el OIC de la Conade “realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo para el fincamiento de las responsabilidades administrativas sancionatorias que se deriven de los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión adjudicaron en forma directa el contrato para el servicio de abanderamiento de la delegación mexicana”.
La misma solicitud fue hecha para los servidores públicos que “en su gestión transfirieron recursos para la creación del Fideicomiso de Inversión y Fuente de Pago núm. F/2001436, sin contar con evidencias de que se haya informado previamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de su respectiva autorización, además de no haber solicitado el registro del fideicomiso ni enviar la información al sistema de control y transparencia de fideicomisos de la secretaría mencionada”.

Este reportaje se publicó en la edición 1689 de la revista Proceso que empezó a circular el pasado 15 de marzo









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