Jueces y medios de comunicación
Bernardo Bátiz V.
Ya se ha hecho común que en casos judiciales notorios por algún concepto, sean algunos medios de comunicación los que, en procedimiento sumarísimo y sin formalidad alguna, tomen la justicia por propia mano y dicten sentencias, al margen de las resoluciones de los jueces y no pocas veces sólo como un capítulo más de sus negocios de espectáculos.
Son muchos los conductores de radio y televisión, reporteros y comentaristas que, con frecuencia, pronuncian sus juicios y anatemas en contra de un sospechoso o a favor de él, sin esperar que con la información y la serenidad requerida sea el juzgador, funcionario público al que la sociedad se lo encarga, quien dicte su resolución. Lo peor del asunto es que cuando los medios ya condenaron o absolvieron a alguien, los juzgadores consciente o inconscientemente se ven sometidos a la presión mediática y no serán pocas las veces que resuelvan, no en favor de lo que su conciencia y los elementos del proceso les indican, sino con la preocupación de no contradecir al público, ya influido por los medios y, principalmente, no oponerse a lo que estos mismos ya resolvieron.
En el caso del documental Presunto culpable, una juez de distrito, ordenó la suspensión de la autorización para exhibir la película comercialmente; con ello protegió el derecho a la propia imagen del testigo, quizá la parte más débil y vulnerable en el asunto.
Las normas jurídicas vigentes, en especial la Ley Federal de Derechos de Autor, que se define a sí misma como “de orden público e interés social”, protegen la imagen propia, que no puede ser usada sin autorización de la persona o sin consentimiento expreso, dado por ella misma o por su representante legítimo.
Como saben los estudiosos del derecho, en México, salvo excepciones, los juicios ya son públicos y lo son desde hace años; la ley no prohíbe que se puedan filmar o videograbar las diligencias judiciales. Tan es así que los productores de la película, pudieron seguir todo un proceso con sus cámaras y micrófonos sin que nadie se lo impidiera. Que no nos vengan a descubrir el hilo negro diciendo que debemos cambiar nuestras leyes para transitar de juicios secretos a juicios públicos; ya lo son y desde hace bastante tiempo.
Pero una cosa es que los juicios o parte de ellos se puedan captar por un medio moderno audiovisual y otra muy distinta que las imágenes de los involuntarios participantes se reproduzcan y divulguen sin consentimiento y aceptación de quienes fueron filmados o grabados, especialmente cuando la película se exhibe comercialmente y con una muy costosa y amplia publicidad.
Quienes pidieron amparo a la justicia federal contra la autoridad que otorgó permiso para exhibir la película defienden en forma legítima la imagen del cuerpo de su familiar víctima de homicidio y del primo de éste, víctima también de los autores del delito; la película expone la imagen de este joven, víctima y testigo simultáneamente, de los hechos delictivos, de tal modo que su imagen queda expuesta a juicios negativos y a burlas del público, todo esto para que los productores persigan su interés de exhibir a la justicia mexicana y simultáneamente obtener ganancias y todo ello sin autorización de quienes aparecen en la cinta que, además del testigo, son el juez, la agente del Ministerio Público y los policías judiciales interrogados por el abogado defensor del acusado.
Según se ha dicho en elogio de los autores del filme, por primera vez quedó grabado un procedimiento completo, lo que significa que cada uno de los retratados y videograbados estuvo frente a las cámaras durante largo tiempo, muchas horas sin duda, pero los autores, para su película, sólo escogieron en algunos casos unos cuantos segundos y en otros a lo sumo unos minutos, los que más favorecían a los intereses de los promotores de la cinta, para “editarlos”, como se dice en el argot de las grabaciones, y exhibir precisamente la parte de su interés sin consultar con los actores improvisados e involuntarios.
Julio Hernández en su indispensable e insuperable Astillero ha exhibido a los exhibidores. Ha publicado cuáles son sus patrocinadores y ha puesto el énfasis en el sesgo y la intención de la película; tiene razón, ya que, como lo hemos denunciado varios, desde hace años se pretende convertir a nuestro sistema de justicia en un espejo de lo que pasa al norte de la frontera, y para ello no se ha tenido reparo en atropellar derechos individuales y descalificar personas e instituciones indefensos.
Ya tenemos la triste experiencia de legisladores que han votado algunas leyes, no según su convicción o sus principios, sino para no quedar mal con los poderosos de la comunicación. Sería muy triste que estemos iniciando, con casos como el señalado en esta colaboración y con otros parecidos, la caída por la resbalosa pendiente de procurar y administrar justicia al gusto de las televisoras.
jusbbv@hotmail.com
Son muchos los conductores de radio y televisión, reporteros y comentaristas que, con frecuencia, pronuncian sus juicios y anatemas en contra de un sospechoso o a favor de él, sin esperar que con la información y la serenidad requerida sea el juzgador, funcionario público al que la sociedad se lo encarga, quien dicte su resolución. Lo peor del asunto es que cuando los medios ya condenaron o absolvieron a alguien, los juzgadores consciente o inconscientemente se ven sometidos a la presión mediática y no serán pocas las veces que resuelvan, no en favor de lo que su conciencia y los elementos del proceso les indican, sino con la preocupación de no contradecir al público, ya influido por los medios y, principalmente, no oponerse a lo que estos mismos ya resolvieron.
En el caso del documental Presunto culpable, una juez de distrito, ordenó la suspensión de la autorización para exhibir la película comercialmente; con ello protegió el derecho a la propia imagen del testigo, quizá la parte más débil y vulnerable en el asunto.
Las normas jurídicas vigentes, en especial la Ley Federal de Derechos de Autor, que se define a sí misma como “de orden público e interés social”, protegen la imagen propia, que no puede ser usada sin autorización de la persona o sin consentimiento expreso, dado por ella misma o por su representante legítimo.
Como saben los estudiosos del derecho, en México, salvo excepciones, los juicios ya son públicos y lo son desde hace años; la ley no prohíbe que se puedan filmar o videograbar las diligencias judiciales. Tan es así que los productores de la película, pudieron seguir todo un proceso con sus cámaras y micrófonos sin que nadie se lo impidiera. Que no nos vengan a descubrir el hilo negro diciendo que debemos cambiar nuestras leyes para transitar de juicios secretos a juicios públicos; ya lo son y desde hace bastante tiempo.
Pero una cosa es que los juicios o parte de ellos se puedan captar por un medio moderno audiovisual y otra muy distinta que las imágenes de los involuntarios participantes se reproduzcan y divulguen sin consentimiento y aceptación de quienes fueron filmados o grabados, especialmente cuando la película se exhibe comercialmente y con una muy costosa y amplia publicidad.
Quienes pidieron amparo a la justicia federal contra la autoridad que otorgó permiso para exhibir la película defienden en forma legítima la imagen del cuerpo de su familiar víctima de homicidio y del primo de éste, víctima también de los autores del delito; la película expone la imagen de este joven, víctima y testigo simultáneamente, de los hechos delictivos, de tal modo que su imagen queda expuesta a juicios negativos y a burlas del público, todo esto para que los productores persigan su interés de exhibir a la justicia mexicana y simultáneamente obtener ganancias y todo ello sin autorización de quienes aparecen en la cinta que, además del testigo, son el juez, la agente del Ministerio Público y los policías judiciales interrogados por el abogado defensor del acusado.
Según se ha dicho en elogio de los autores del filme, por primera vez quedó grabado un procedimiento completo, lo que significa que cada uno de los retratados y videograbados estuvo frente a las cámaras durante largo tiempo, muchas horas sin duda, pero los autores, para su película, sólo escogieron en algunos casos unos cuantos segundos y en otros a lo sumo unos minutos, los que más favorecían a los intereses de los promotores de la cinta, para “editarlos”, como se dice en el argot de las grabaciones, y exhibir precisamente la parte de su interés sin consultar con los actores improvisados e involuntarios.
Julio Hernández en su indispensable e insuperable Astillero ha exhibido a los exhibidores. Ha publicado cuáles son sus patrocinadores y ha puesto el énfasis en el sesgo y la intención de la película; tiene razón, ya que, como lo hemos denunciado varios, desde hace años se pretende convertir a nuestro sistema de justicia en un espejo de lo que pasa al norte de la frontera, y para ello no se ha tenido reparo en atropellar derechos individuales y descalificar personas e instituciones indefensos.
Ya tenemos la triste experiencia de legisladores que han votado algunas leyes, no según su convicción o sus principios, sino para no quedar mal con los poderosos de la comunicación. Sería muy triste que estemos iniciando, con casos como el señalado en esta colaboración y con otros parecidos, la caída por la resbalosa pendiente de procurar y administrar justicia al gusto de las televisoras.
jusbbv@hotmail.com
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