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6 jun 2009


ISSSTE, nueva jurisprudencia

Arturo Alcalde Justiniani


Aun cuando la legislación laboral ha cambiado poco los últimos años, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los tribunales colegiados de circuito ha sido prolífica, convirtiéndose en un medio cada vez más importante para la interpretación y aplicación de criterios en materia de trabajo. Por su carácter obligatorio para los juzgadores y siendo casi equiparables a una ley, es fundamental conocerlas y promover que en su proceso de creación se escuche la opinión ciudadana y de los foros especializados.

La segunda sala del máximo tribunal recientemente dictó dos jurisprudencias de gran trascendencia en favor de la democratización sindical, referidas a la obligatoriedad del voto secreto en los recuentos sindicales y a un mejor sistema de conteo para determinar el sindicato ganador de dicha consulta. En contraste, es de lamentar una reciente jurisprudencia que lesiona el derecho a la pensión de millares de trabajadores del sector burocrático.

En sesión celebrada el pasado 6 de mayo se emitió la jurisprudencia 41/2009, la cual fija un nuevo criterio para el cobro de las pensiones ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Se trata de un tema de gigantesca importancia, toda vez que los servidores públicos afiliados a esta institución sufren la contradicción entre el salario o la remuneración percibida durante su vida activa y el monto de la pensión que se les cubre.

Esta incongruencia se origina en una política presupuestal diseñada por el gobierno federal que omite cubrir al ISSSTE las cuotas de seguridad social sobre la base de las percepciones reales del trabajador, o sea, tan sólo paga por una parte.

El salario del trabajador al servicio del Estado se compone, generalmente, de tres renglones: el salario base, el sobresueldo y la compensación garantizada. En algunas dependencias, los pagos adicionales tienen nombres tales como quinquenio, prima de antigüedad o apoyo al trabajo universitario; es amplia la gama de denominaciones entre una y otra, creadas con la evidente intención de omitir el cumplimiento de las obligaciones laborales y el costo de la seguridad social, siguiendo una política de simulación, ya que sólo se paga considerando el salario base y no el resto de las prestaciones. Por lo que se refiere al concepto compensación garantizada, la afectación es de dimensiones mayores, tomando en cuenta que su relación con respecto al monto del salario base suele ser de una cuantía hasta 10 veces superior.

Al final de la vida laboral los trabajadores se enfrentan a la triste realidad de que sus pensiones se limitan al reducido monto del sueldo base. El ISSSTE se justifica señalando que el cálculo lo realiza con base en las cuotas aportadas por la dependencia; esto es, las mismas se reducen al salario base sin tomar en cuenta el resto de elementos integrantes del salario; consecuentemente, la pensión se limita al monto de lo aportado.

Los trabajadores afiliados al ISSSTE se encuentran en estado de indefensión frente a esta injusta política que los priva de un derecho fundamental, ya de por sí acotado a un máximo de 10 salarios mínimos mensuales. Para defenderse, han acudido a juicios ante los tribunales con el fin de que su pensión se ajuste al salario real, considerando especialmente el monto de la compensación garantizada.

Se trata de juicios largos, de varios años, triste realidad de nuestra justicia, pero finalmente eran resueltos en favor del pensionado. Esta alternativa, aunque difícil, se apoyaba en la jurisprudencia 126/2008, dictada hace tan sólo nueve meses por la misma segunda sala. Conforme a este criterio aplicable a los trabajadores afiliados antes del 31 de marzo de 2007 (toda vez que la nueva ley entró en vigor al día siguiente), se obligaba al ISSSTE a calcular el monto de las pensiones considerando el sueldo, el sobresueldo y la compensación; correspondía obviamente a este instituto cobrar al gobierno federal-patrón el diferencial en el monto de las cuotas no cubiertas.

El criterio sostenido en la jurisprudencia 126/2008 era congruente con la ley y también con la interpretación del pleno de la Suprema Corte contenido en la sentencia dictada en 2008, con motivo de los miles de amparos promovidos por servidores públicos en contra de la nueva ley del ISSSTE del 2 de abril de 2007. En la misma, dejó claro que el salario de los trabajadores al servicio del Estado debe integrarse con el salario base, el sobresueldo y las cantidades adicionales cubiertas al trabajador como compensación.

El giro expresado en la jurisprudencia 41/2009 incrementa en términos prácticos la indefensión de los servidores públicos y fortalece la impunidad con la que actúa el gobierno federal como patrón al negarse a cumplir con la ley. En efecto, los trabajadores ya no podrán acudir a los juicios que les permitían corregir su pensión atendiendo a su salario real.

El cambio de opinión de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia seguramente estuvo sustentado en el argumento del ISSSTE que sostiene carecer de recursos económicos para pagar las pensiones a las que era condenado por los tribunales. En efecto, a dicha institución, al no recibir las cuotas correctas, se le genera un déficit. El punto era definir por cuál vía corregir este incumplimiento, si castigando a los servidores públicos impidiéndoles el derecho a reclamar ante ese instituto sus pensiones correctas u obligar al gobierno federal a pagar integralmente las cuotas en términos de ley. Se optó por el primer camino, en contravención a los principios que rigen nuestra legislación laboral. El violador de la ley resulta ahora premiado.

Nuevamente los trabajadores al servicio del Estado tendrán que rediseñar sus estrategias políticas y legales para hacer cumplir la ley, a pesar de esta jurisprudencia. Nunca ha sido fácil la defensa de sus derechos, pero seguramente encontrarán la vía para que el responsable de este entuerto, el gobierno federal, respete la ley.



25 may 2009


Oculto destino de los millonarios recursos del Pensionissste

Los fondos se manejan de manera discrecional, acusa unión de juristas

Sin claridad, el régimen en el que quedaron los burócratas amparados




Patricia Muñoz Ríos


A dos años de que comenzó la lucha legal contra la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con la movilización más grande de burócratas de los años recientes y la interposición de una cifra inédita de amparos (casi 2 millones), no hay claridad sobre el uso y destino de los miles de millones de pesos del Pensionissste, ni en qué se están invirtiendo, ya que se ha mantenido oculta toda la información sobre esos fondos.

La canalización de los recursos ha resultado incierta para los trabajadores, pues el dinero se ha manejado de manera discrecional por sus administradores, y los dirigentes sindicales de los burócratas tampoco han dado ningún informe o reporte sobre estos recursos.

Incluso ahora parte de la lucha se centra en recuperar los ahorros laborales, indica un informe de la Unión de Juristas de México (UJM). Señala que hasta el momento tampoco existe claridad sobre el resultado de los millonarios fondos que se inyectaron al ISSSTE, supuestamente "para mejorar sus servicios" y, lo más grave, "no se conoce el destino final del régimen en que quedaron cerca de 2 millones de trabajadores amparados que se negaron a optar por sistema de retiro".

El manejo de los recursos se ha hecho a espaldas de los trabajadores, detalla el reporte de la UJM, y explica que hasta el momento 80 por ciento de los empleados públicos de un total de 2.3 millones se han amparado; que subsiste en este momento el cuarto amparo y que se ha obtenido una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley del ISSSTE (25, 60, 136, 251 y fracción cuarta del décimo transitorio).

Asimismo se ha logrado la fijación del salario integrado como base del pago de pensiones, la entrega de un aguinaldo anual, el regreso de la indemnización global e incrementos anuales a la pensión, todo ello en beneficio de los amparados y de quienes finalmente queden adscritos al sistema del décimo transitorio de la ley.

Sin embargo, "estos precarios logros podrían estar en riesgo de perderse, ya que quedó al descubierto una nueva maniobra del ISSSTE para colocar a todos los trabajadores amparados que resistieron y no firmaron ninguna de las opciones de retiro en el sistema de cuentas individuales, violando con ello las disposiciones legales y los resolutivos de la Corte".

Esto se debe a que los trabajadores amparados debían automáticamente quedar colocados en el sistema de reparto del décimo transitorio a partir de noviembre de 2008, sin que hasta la fecha el ISSSTE lo haya hecho, lo cual constituye una ilegalidad.

En los tribunales las audiencias del cuarto amparo están aplazadas. El ISSSTE está obligado a presentar informes sobre en qué régimen de pensión quedaron adscritos los trabajadores, como pruebas para poder resolver el fondo del amparo que presentaron trabajadores de todas las dependencias públicas, y sobre todo de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE). Mientras los trabajadores apenas van a conocer en qué régimen se colocaron sus fondos, los recursos del Pensionissste están manejados en forma "discrecional": no se sabe cuánto se ha ganado o perdido de estos fondos y no hay ninguna entrega de cuentas a los trabajadores, indicó la organización de juristas.